Información General

Antes de la regulación de la profesión de agente inmobiliario, existía una gran confusión en el sector inmobiliario. El público se encontraba con todo tipo de personas que se proclamaban agentes inmobiliarios. Hoy en día, existen verdaderos Agentes Inmobiliarios, reconocidos y aprobados por el Estado. Estos son profesionales.

El Decreto No. 2007/1138 / PM del 3 de septiembre de 2007, firmado por el Primer Ministro, establece las modalidades de aplicación de esta ley.

El sector inmobiliario es un ámbito que incluye una gran variedad de actividades con diferentes métodos de intervención.

La ley a la que nos referimos cubre las siguientes operaciones inmobiliarias:

  • La compra, venta, alquiler o subarrendamiento de propiedades tanto edificadas como no edificadas.
  • La compra, venta, alquiler o gestión de fondos de comercio.
  • La suscripción, compra o venta de acciones o participaciones en empresas inmobiliarias, que otorgan derechos sobre la propiedad o el disfrute de locales.
  • La compra y venta de participaciones sociales no negociables cuando los activos sociales incluyen un inmueble o un fondo de comercio.
  • La gestión inmobiliaria.

Un verdadero Agente Inmobiliario es aquel que está aprobado por el Estado y posee una tarjeta profesional firmada por el Ministro encargado de la vivienda.

Un verdadero agente inmobiliario es aquel que es localizable, con un despacho. Usted tiene derecho a solicitar sus referencias de autorización y el número de su tarjeta profesional. Puede confiar sin miedo a un Agente Inmobiliario legítimo para el mandato de intermediación, gestión de inmuebles o venta de inmuebles. Es a su propio riesgo si se compromete a tratar con falsos agentes inmobiliarios o con intermediarios en las calles y cruces.

Un Agente Inmobiliario vive de su profesión. Además de los honorarios que recibe por cargos administrativos, se le paga por sus gestiones mediante comisiones. Los honorarios por apertura de expedientes, investigaciones, visitas, publicidad y redacción de contratos de arrendamiento están legalmente establecidos en veinticinco mil (25.000) francos CFA (artículo 34 del Decreto No. 2007 / 1138 / PM del 3 de septiembre de 2007). A veces, los agentes inmobiliarios aceptan un mínimo de diez mil (10.000) francos CFA.

En el caso de venta de inmuebles, tanto edificados como no edificados, la comisión del Agente Inmobiliario está legalmente establecida entre el ocho por ciento y el cuatro por ciento (8% y 4%) sin impuestos, según el valor del inmueble (artículo 32-a del Decreto No. 2007 / 1138 / PM del 3 de septiembre de 2007).

Con impuestos incluidos, la comisión varía entre el 09,54% y el 04,77%. Con frecuencia, los Agentes Inmobiliarios redondean la comisión entre el diez por ciento y el cinco por ciento (10% y 05%) con impuestos incluidos.

En el caso de alquileres, la comisión del Agente Inmobiliario está legalmente establecida en el diez por ciento (10%) de los alquileres netos de un año (artículo 32-b del Decreto No. 2007 / 1138 / PM del 3 de septiembre de 2007). A menudo, los agentes inmobiliarios aceptan un (01) mes de alquiler neto para evitar largos cálculos.

En cuanto a los apartamentos y villas amuebladas, el agente inmobiliario recibe una comisión del diez por ciento (10%) del monto total calculado para todo el período de estancia del cliente.

¡Siempre tenga el reflejo de contratar a un Agente Inmobiliario aprobado por el Estado!

De esta manera, tomará su decisión con pleno conocimiento de causa, evitará largos y costosos juicios, y llevará a cabo su operación inmobiliaria con seguridad.

Para más información, escríbanos o llámenos.

Teléfono: (237) 675 19 52 03 / 698 38 82 04 / 699 95 79 64
Correo electrónico: info@codecis.com

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